
La Bancada Naranja integrada por la Diputada Glenda Ochoa y los Diputados Ignacio Vizcaíno y Chuy Dueñas, presentaron la Iniciativa de reforma a los artículos 54 BIS y 54 TER de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, entre lo que destaca un permiso de paternidad de treinta días laborables continuos con goce de sueldo, posteriores al alumbramiento o al día en que reciban a la niña o niño.
La Diputada Glenda Ochoa hizo uso de la voz a nombre de la Bancada Naranja, para destacar que dicha Iniciativa se enmarca en la agenda legislativa naranja, dentro del eje de Sistema de Cuidados.
Recordó que históricamente el cuidado de las hijas e hijos se ha asignado a las mujeres primordialmente. Estos roles de género impuestos han provocado que sean ellas quienes cargan dicha responsabilidad lo que genera situaciones que vulneran sus derechos fundamentales, imponiendo cargas de trabajo no remunerado, así como frenos a su desarrollo profesional y económico, lo cual puede dar lugar a otras vulneraciones de sus derechos.
Asimismo, refirió que la Ley otorga a las mujeres una licencia por un plazo de 3 meses o 90 días por maternidad. Por el contrario, al día de hoy conforme a la Ley Burocrática Estatal a los hombres sólo les corresponde un licencia o permiso por 15 días hábiles en caso de ser padres.
“Combatir las diferencias no justificadas entre estos permisos contribuye a la reconfiguración social que la igualdad sustantiva exige. Las licencias de paternidad permiten a los hombres vivir su paternidad de forma más activa, generando vínculos con sus hijas e hijos que frecuentemente se ven limitados debido al poco tiempo con que cuentan por su permiso de paternidad”, refirió Glenda Ochoa.
En resumen, las licencias de paternidad constituyen acciones afirmativas que contribuyen a eliminar la discriminación por razones de género, a alcanzar una igualdad sustantiva entre mujer y hombre y sobre todo refuerzan la protección de los derechos fundamentales de la familia, conforme al artículo 4 constitucional, además de proteger los derechos laborales de las mujeres.
Por lo que la Iniciativa de reforma quedaría de la siguiente manera:
ARTÍCULO 54 BIS.- Los trabajadores varones, por el nacimiento de sus hijos o en su caso de adopción de un infante, tendrán derecho a que les sea otorgado un permiso de paternidad de treinta días laborables continuos con goce de sueldo, posteriores al alumbramiento o al día en que lo reciban.
ARTÍCULO 54 TER.- Los trabajadores podrán solicitar una ampliación del permiso de paternidad, con goce de sueldo, conforme a los periodos y circunstancias siguientes:
I. Por quince días laborables continuos, en caso de enfermedad grave del hijo o hija recién nacido, así como por complicaciones graves de salud que pongan en riesgo la vida de la madre;
II. Por quince días laborables continuos, en caso de nacimiento múltiple, debiendo presentar la constancia respectiva; y
III. Veinte días laborables continuos, si la madre fallece durante los primeros quince días posteriores al nacimiento, debiendo presentar el acta de defunción dentro de los cinco días siguientes a la conclusión de este permiso.
Dicha Iniciativa se turnó a la Comisión correspondiente.